El pasado viernes 25 de mayo la Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Margarita Robles, entregó en mano en el Registro del Congreso de los Diputados la propuesta de moción de censura presentada contra el Gobierno de Mariano Rajoy. Este lunes se ha reunido la Mesa del Congreso para analizar la moción, que ha sido admitida a trámite, lo que la convierte en la cuarta moción tramitada desde que se aprobó la Constitución en 1978.

Tras hablar la Presidenta del Congreso, Ana Pastor, con el candidato propuesto, Pedro Sánchez, el debate parlamentario se ha fijado para los próximos 31 de mayo y 1 de junio, cumpliendo así con el plazo mínimo de cinco días que establece el reglamento para la votación de una moción de censura.

El procedimiento se recoge en los artículos 113 y 114 de la Constitución y 175 a 179 del Reglamento del Congreso de los Diputados, que establecen un modelo de moción de censura constructiva, pues obliga a proponer un candidato que deberá presentar un programa de Gobierno.

La moción admitida a trámite lleva la firma de los 84 diputados del Grupo Parlamentario Socialista, además de la de Pedro Sánchez, que no es diputado. Cumple así los requisitos de estar firmada por, como mínimo, el 10% de los diputados; es decir, 35; estar motivada e incluir al candidato propuesto, que no tiene por qué ser diputado pero sí haber aceptado ser propuesto.

Tras la admisión a trámite, Ana Pastor ha informado al Presidente del Gobierno y a los portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios, siete en esta legislatura: Popular (134 diputados), Socialista (84), Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea (67), Ciudadanos (32), Esquerra Republicana (9), Vasco (5) y Mixto (19).

Además, desde que ha sido admitida se ha abierto un periodo de 48 horas en el que pueden presentarse mociones alternativas. En caso de que así sea, la Presidencia de la Mesa decidirá si el debate de las mociones presentadas se realiza de forma conjunta; de cualquier manera, eso no implicará que las votaciones sean conjuntas: se harán por separado siguiendo el orden de presentación.

El debate tendrá el siguiente orden:

  1. Uno de los diputados firmantes defiende la moción.
  2. El candidato propuesto interviene para exponer su programa de Gobierno.
  3. El Presidente del Gobierno contra el que se presenta la moción puede hablar si así lo solicita.
  4. Tras la presentación de la moción y la exposición del programa por el candidato propuesto, la Presidencia del Congreso interrumpe el debate por el tiempo que estipule.
  5. La sesión se reanuda para que los representantes de los siete grupos parlamentarios intervengan; a diferencia de las intervenciones previstas en la primera parte del debate, éstas sí tienen limitación temporal: 30 minutos cada uno más 10 minutos de turno de réplica.
  6. La moción se vota a la hora anunciada por la Presidencia, estableciéndose un periodo mínimo de al menos cinco días desde que se presentó la moción de censura en el registro del Congreso de los Diputados.

El formato es el de una votación pública por llamamiento; es decir, se va nombrando a cada uno de los diputados que, en pie desde su escaño, deberán decir en voz alta el carácter de su voto: sí, no o abstención. La moción prosperará siempre que alcance el apoyo de  la mayoría absoluta de la Cámara: 176 diputados.

Consecuencias

Si la moción prospera –en caso de haber mociones alternativas éstas no se votarían- la consecuencia sería doble. Por un lado, la Cámara retiraría su confianza al Presidente del Gobierno, que dimitiría; al mismo tiempo, se consideraría investido Presidente al candidato propuesto, que sería nombrado por el Rey.

En caso de que la moción propuesta no consiga el apoyo de 176 diputados se estimará rechazada, lo que implica que el Presidente del Gobierno mantendrá la confianza de la Cámara y establece que los diputados firmantes de dicha moción de censura, en este caso todo el Grupo Parlamentario Socialista, no podrán presentar otra en el mismo periodo de sesiones.

El artículo 61.1 del Reglamento del Congreso fija dos periodos de sesiones ordinarios: de septiembre a diciembre y de febrero a junio; es decir, que esta incapacidad se mantendría hasta que se reiniciara la actividad parlamentaria después del verano.

Desde que se aprobó la actual Constitución en 1978 ha habido tres mociones de censura: una del Grupo Parlamentario Socialista contra el Gobierno de Adolfo Suárez en la que se presentó de candidato Felipe González (28-30 de mayo de 1980); otra promovida por el Grupo Parlamentario de Alianza Popular, que propuso a Antonio Hernández Mancha, contra el Ejecutivo de Felipe González (23 de marzo de 1987); y la última del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, que propuso a Pablo Iglesias, contra el Gobierno de Mariano Rajoy (13-14 de junio de 2017). Ninguna de las tres consiguió el respaldo de la mayoría de la Cámara.